Ante las dudas surgidas tras la publicación de la Instrucción 10/2025 (permiso retribuido de dos días por asuntos particulares), por la que se modifica el apartado III.27 de la Circular de 11 de junio de 2021 relativo a los permisos por asuntos particulares retribuidos del personal docente andaluz, desde UGT Enseñanza queremos realizar una aclaración importante.
La Instrucción 10/2025 no viene a restringir ni a reducir derechos previamente reconocidos al profesorado, sino que supone una mejora de las posibilidades de disfrute de los días de asuntos particulares.
La Circular de 11 de junio de 2021 ya reconocía el derecho a disfrutar de seis días de asuntos particulares retribuidos durante cada curso escolar. Posteriormente, en el Acuerdo de 16 de julio de 2025, firmado por UGT, CSIF y ANPE con la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, se incorporó el compromiso de estudiar la posibilidad de que parte de esos días pudieran disfrutarse también durante el período lectivo, con el objetivo de avanzar en la conciliación de la vida personal y laboral del profesorado.
Como resultado de ese compromiso, la Comisión de Seguimiento del Acuerdo analizó esta cuestión y acordó una interpretación clara: la modificación normativa debía entenderse como una ampliación de derechos y no como una limitación de los ya existentes.
Por ello, la Instrucción 10/2025 debe interpretarse en el sentido de que incorpora la posibilidad de disfrutar hasta dos días de asuntos particulares en período lectivo, manteniéndose la opción de que el profesorado pueda seguir disfrutando la totalidad de los seis días en períodos no lectivos si así lo considera más conveniente.
Queremos subrayar que esta no es una interpretación realizada unilateralmente por UGT. Se trata de una cuestión abordada y aclarada expresamente en el seno de las comisiones de seguimiento del Acuerdo de 16 de julio de 2025, donde quedó patente que el objetivo de la modificación era incrementar la flexibilidad y las opciones de conciliación del profesorado, nunca restringir derechos ya consolidados.
Desde UGT Enseñanza entendemos que cualquier aplicación de la Instrucción que supusiera obligar al disfrute de dos días en período lectivo o impedir el disfrute de los seis días en períodos no lectivos sería contraria al espíritu con el que se negoció el acuerdo y a los criterios interpretativos consensuados en la Comisión de Seguimiento.
Seguiremos velando para que los acuerdos alcanzados se apliquen conforme a su finalidad y para que ninguna interpretación restrictiva perjudique los derechos del profesorado.