Resolución de 14 de mayo de 2024, de la Dirección General de Tecnologías Avanzadas y Transformación Educativa, por la que se reconoce de oficio la acreditación de la competencia digital docente por la vía de la formación en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La acreditación de oficio por la vía de la formación tomará como referente las áreas, competencias, etapas, niveles de progresión e indicadores de logro descritos en el marco de referencia de la competencia digital docente (MRCDD) vigente para los niveles A1, A2, B1 y B2 con las siguientes apreciaciones:
- Para acreditar un Nivel de Competencia Digital Docente A1, será requisito haber certificado por los Centros del Profesorado en una o varias actividades formativas con una duración total mínima de 40 horas, exceptuando congresos y jornadas, que atiendan a todas las áreas de un nivel A1 (o nivel superior) en el desarrollo de las competencias del MRCDD vigente.
- Para acreditar un Nivel de Competencia Digital Docente A2, será requisito haber certificado por los Centros del Profesorado en una o varias actividades formativas con una duración total mínima de 50 horas, exceptuando congresos y jornadas, que atiendan a todas las áreas de un nivel A2 (o nivel superior) en el desarrollo de las competencias del MRCDD vigente.
- Para acreditar un Nivel de Competencia Digital Docente B1, será requisito haber certificado por los Centros del Profesorado en una o varias actividades formativas con una duración total mínima de 60 horas, exceptuando congresos y jornadas, que atiendan a todas las áreas de un nivel B1 (o nivel superior) en el desarrollo de las competencias del MRCDD vigente.
- - Para acreditar un Nivel de Competencia Digital Docente B2, será requisito haber certificado por los Centros del Profesorado en una o varias actividades formativas con una duración total mínima de 70 horas, exceptuando congresos y jornadas, que atiendan a todas las áreas de un nivel B2 (o nivel superior) en el desarrollo de las competencias del MRCDD vigente. Registro de la acreditación.
- Se inscribirá en el Registro de Formación Permanente del Profesorado la acreditación del nivel de Competencia Digital Docente alcanzada por la vía formativa.
- Una vez realizada la inscripción automatizada en el Registro de Formación Permanente del Profesorado de las Acreditaciones reconocidas, se habilitará para su descarga la correspondiente acreditación en formato electrónico del nivel de Competencia Digital Docente a través del Sistema de Información Séneca.
- En todo momento, las personas interesadas podrán dirigir consultas a la dirección de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Corrección de errores de la Resolución de 14 de mayo de 2024, de la Dirección General de Tecnologías Avanzadas y Transformación Educativa de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, por la que se reconoce de oficio la acreditación de la competencia digital docente por la vía de la formación en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 97, de 21 de mayo de 2024).
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