Resolución de la Subsecretaría de Educación, Formación Profesional y Deportes por la que se convocan plazas en secciones bilingües de español en Bulgaria, China, Eslovaquia, Estonia, Hungría, Moldavia, Polonia, República Checa, Rumanía y Rusia, 2026-2027
Plazo de presentación de solicitudes: del 27 de abril al 18 de mayo 2026.
Los docentes seleccionados serán contratados por las autoridades educativas de los respectivos países como profesorado en centros educativos no dependientes de la Administración Pública española donde se desarrollan las secciones bilingües de español. El profesorado impartirá las enseñanzas correspondientes a la plaza adjudicada durante un curso académico que, a efectos de participación en el programa, finalizará el 31 de agosto de 2027.
Para presentar una solicitud de participación en la presente convocatoria, según lo dispuesto en la Orden EFP/103/2022, de 11 de febrero (BOE del 17), por la que se establece la obligatoriedad de comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos en los procedimientos de convocatorias de programas de movilidad y formación del profesorado de la acción educativa exterior, los candidatos deberán emplear la sede electrónica del MEFD, aplicación Profex 2, mediante la cual generarán y presentarán su solicitud. Dicha aplicación es accesible desde la página web del programa en https://www.educacionfpydeportes.gob.es, a través de la ruta: Contenidos – Profesorado – Profesorado en el extranjero – Convocatorias para españoles – Profesorado en Secciones bilingües de español en centros educativos de Europa central, oriental y China – 2026-2027. Los solicitantes deben darse de alta en la aplicación Profex 2 y cumplimentar en la misma su perfil y los datos requeridos para generar su solicitud, adjuntando la documentación acreditativa de requisitos y méritos alegados, de acuerdo con lo previsto en el apartado 6. Para elegir destino, los candidatos podrán indicar en su solicitud tantos países como deseen, por orden de preferencia, siempre que cumplan los requisitos de los mismos, según se especifica en el apartado 2.1. y en el anexo I de esta convocatoria.
Una vez presentada la solicitud en Profex 2, los solicitantes, según lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, modificada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán registrar su solicitud a través de la aplicación Profex 2. Los interesados también podrán registrar su solicitud a través del Registro Electrónico General (REG) de la Administración General del Estado, disponible a través de la URL https://reg.redsara.es. Para ello deberán descargar el documento PDF que genera Profex 2 tras la presentación de su solicitud y adjuntarlo a través del registro electrónico mencionado.
No podrán admitirse a trámite aquellas solicitudes que no se presenten y registren de acuerdo con lo señalado en los párrafos anteriores.
Documentación acreditativa de requisitos y méritos.
La documentación acreditativa de requisitos y méritos deberá adjuntarse en formato PDF al apartado que corresponda de Mi perfil en Profex 2, con un tamaño máximo de 10 MB por fichero. Los documentos deberán estar claramente identificados mediante apellidos y denominación del documento: por ejemplo, Torres_Casas_Master-Profesorado y deberán ser perfectamente legibles para ser aceptados a trámite a efectos de admitir o excluir una solicitud. No se admitirá a trámite documentación presentada a través de otras vías. Únicamente serán tenidos en cuenta los requisitos adquiridos con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, así como los méritos alegados y debidamente justificados presentados dentro del plazo indicado.
Cuantía de las ayudas. El profesorado seleccionado percibirá de las autoridades educativas contratantes las mismas retribuciones que los docentes, de igual categoría de enseñanza no universitaria de sus países de destino, con derecho a alojamiento y a la asistencia sanitaria propia del país, en la medida que este determine.
El MEFD contribuirá a este programa con las siguientes ayudas, que serán abonadas con cargo al crédito presupuestario 18.08.144B.480.02 o al que le sustituya, y de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones: a) Una ayuda, por una cuantía máxima de trece mil quinientos ochenta y cuatro euros (13.584,00 euros) por curso académico, excepto para el profesorado destinado en Rusia, en cuyo caso la cuantía será de dieciocho mil ciento cincuenta y seis euros (18.156,00 euros). b) Una ayuda, en concepto de gastos de viaje de ida y vuelta, de 1.000,00 euros, salvo en el caso de China, que será de 1.300,00 euros. La cuantía máxima de las ayudas contempladas ascenderá a 2.000.608,00 euros, de los cuales 622.036,00 euros corresponden al ejercicio 2026 y 1.378.572,00 euros corresponden al ejercicio 2027.
Una vez aprobada la adscripción a la plaza, las ayudas se devengarán siempre que los directores de los centros educativos de los distintos países hayan comunicado al MEFD la relación del profesorado contratado y quedarán supeditadas a que dicha contratación se produzca. El total de la ayuda por curso académico se dividirá en doce mensualidades, que se percibirán entre el 1 de septiembre de 2026 y el 31 de agosto de 2027, ambos inclusive, siempre que el profesorado complete el curso académico, con independencia de que en alguno de los países la duración de los contratos no comprenda los doce meses previstos, y permanezca en activo en el programa hasta el 31 de agosto de 2027. El importe de las ayudas se librará, mediante transferencia, a una cuenta bancaria del interesado en España.
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