Resolución de 9 de abril de 2025, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se establece el procedimiento de acreditación de puestos específicos docentes para el curso 2025/2026
Recuerda que para que se pueda adjudicar un puesto específico en la próxima colocación de efectivos es necesario tener la acreditación de cumplir los requisitos exigidos en los puestos solicitados. Es por ello que se abre este plazo para solicitar esta acreditación con la documentación requerida en cada caso.
En el caso de aquellos puestos específicos que requieran tiempo de experiencia en el cuerpo, especialidad o puesto, cuando se hayan desempeñado en centros públicos de la Administración educativa andaluza, este será computado de oficio por la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, a 30 de junio de 2025, siempre que se preste efectivamente el servicio hasta esa fecha.
En el supuesto de la experiencia en centros docentes privados o concertados, habrá de presentarse certificación de la dirección del centro, con el visto bueno de la Inspección de Educación, en la que conste el nivel educativo, la especialidad docente a la que corresponde el puesto desempeñado y la duración exacta de los servicios, con indicación de la fecha de inicio y fin de los mismos, debiendo aportar la documentación acreditativa de este mérito junto con el resto de los méritos.
¿Qué personal puede solicitar la acreditación?
El personal que a fecha 1 de septiembre de 2025 tenga la condición de funcionario de carrera y, en su caso, personal funcionario en prácticas, podrá acreditarse en los puestos específicos relacionados en los anexos I, II y III de la presente convocatoria, siempre que reúna los requisitos establecidos en los mismos, para optar a su cobertura en el procedimiento de provisión de puestos de trabajo con carácter provisional para el curso 2025/2026. No obstante lo anterior, la adjudicación de los puestos al personal funcionario en prácticas se realizará, preferentemente, en los puestos de la especialidad de ingreso o, en su caso, de acceso, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 de la Orden de 10 de junio de 2020. En el supuesto de solicitar cualquier puesto con perfil bilingüe de los establecidos en el Anexo I, se deberá acreditar estar en posesión de las correspondientes titulaciones o acreditaciones válidas recogidas en el Anexo IV «Titulaciones válidas para acceder a un puesto con perfil bilingüe».
El personal funcionario interino podrá acreditarse en los puestos específicos relacionados en los anexos II y III de la presente convocatoria, siempre que reúna los requisitos establecidos en los mismos, para optar a su cobertura en el procedimiento de adjudicación de vacantes, a que se refiere el artículo 57 de la Orden de 10 de junio de 2020, para el curso 2025/2026. El personal aspirante a interinidad podrá, en su caso, acreditarse en los puestos específicos relacionados en el Anexo III de la presente convocatoria, de especialidades del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, siempre que reúna los requisitos establecidos en el mismo, para optar a su cobertura en el referido procedimiento de adjudicación de vacantes.
El personal integrante de las bolsas de trabajo docente podrá, asimismo, acreditarse en los puestos específicos relacionados en los anexos II y III de la presente convocatoria, siempre que reúna los requisitos establecidos en los mismos, para optar a su cobertura en los procedimientos de adjudicación de vacantes sobrevenidas y sustituciones, a los que se refiere el artículo 58 de la Orden de 10 de junio de 2020, gestionados a través del Sistema de Provisión de Interinidades (SIPRI) para el curso 2025/2026.
Quienes deseen participar en este procedimiento deberán cumplimentar la correspondiente instancia que facilitará esta Administración educativa a través del subapartado «Solicitud de acreditación de puestos específicos docentes» del apartado «Datos administrativos/Trámites» del Portal del Personal Docente de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía (www.juntadeandalucia.es/educacion/portaldocente).
Los puestos específicos susceptibles de acreditación a través del procedimiento regulado por la presente resolución son los recogidos en los anexos I, II y III de la misma:
Anexo I: Puestos específicos bilingües.
Anexo II: Puestos específicos de diversos cuerpos docentes.
Anexo III: Puestos específicos del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas.
No forma parte de los puestos específicos a acreditar a través de este procedimiento todo aquel en el que conste como único requisito el de ser de «Provisión voluntaria»
ACCESO AL PORTAL DOCENTE
ANEXO I
ANEXO II
ANEXO III
ANEXO IV
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