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UGT-SP conjuga la defensa de las condiciones laborales de los trabajadores de los servicios públicos con la protección de sus derechos como ciudadanos.

El fortalecimiento del Estado del bienestar es una prioridad dentro de UGT, tanto como poner en valor todas las actividades profesionales que lo hacen posible. Esta cualidad la define y aleja de los sindicatos corporativos”.

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Congreso y Senado aprueban la jubilación a la carta: 75 años para sus funcionarios

La medida ha levantado ampollas en el resto de los trabajadores públicos, que aún pelean por aumentar la edad del retiro forzoso de los 70 a los 72 años.

Por unas u otras razones, la edad de jubilación no termina de convencer a casi ningún trabajador, tanto del sector privado como del público. Mientras en el primero los sindicatos tratan por todos los medios a su alcance de adelantar la edad lo más posible, en el sector público, la tendencia es la contraria: los funcionarios en sus distintas categorías quieren trabajar más años y retirarse más tarde.

En España no hay una edad de jubilación obligatoria para los trabajadores del sector privado, salvo que se exprese lo contrario en el convenio del sector o de la empresas en la que se trabaja. Quién decida hacerlo a los 65 años, por ejemplo, necesita haber cotizado a la Seguridad Social durante un periodo mínimo de 38 años y tres meses en la actualidad. Si no se da este supuesto, la edad de jubilación pasa a ser de 66 años y seis meses, que se ampliará a los 67 años en el ejercicio 2027.

Según el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, “el retiro forzoso de los funcionarios públicos se declara de oficio al cumplir 65 años de edad”, con algunas excepciones, entre las que destacan los que pertenecen a los Cuerpos Docentes Universitarios; magistrados, jueces, fiscales y letrados de la Administración de Justicia, y Registradores de la Propiedad ingresados antes del 1 de enero de 2015. En todos estos casos, la jubilación se puede postergar hasta los 70 años siguiendo un procedimiento acordado.

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